Se cumplen 42 años de este precedente, donde la Corte Suprema de Justicia de la Nación reforzó las bases de la garantía del imputado a no declarar contra sí mismo.
Entendió que se había ocasionado un exceso jurisdiccional en contra de los poderes y funciones legalmente atribuidos a SENASA, al determinar la cantidad de inspecciones y monitoreos que debía realizar.